Caracas/Finanzas Digital.-El Sistema de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) emitió la Providencia Administrativa NSAT/2015/0018, en la Gaceta Oficial N° 40.656 de este viernes 08 de mayo de 2015, mediante la cual designa como Agentes de Percepción del IVA a fabricantes, productores artesanales e importadores de bebidas alcohólicas.
El Seniat informa que el monto a percibir será el 100% del Impuesto al Valor Agregado, que se calculará sobre la base de la diferencia entre el precio de venta al público (PVP) marcado en la etiqueta o en el cuerpo de los envases y el precio total facturado por el responsable.
Asimismo se indica que el impuesto percibido debe ser consignado en una Oficina Receptora de Fondos Nacionales, dentro del plazo establecido para la declaración del impuesto al valor agregado. Sin embargo, el agente percepción, deberá realizar una declaración del impuesto percibido, a través del portal fiscal.
“Los fabricantes, productores artesanales e importadores de bebidas alcohólicas, no podrán considerar como débito fiscal el impuesto percibido, el cual debe enterarse íntegramente al Tesoro Nacional, no pudiendo imputarse o deducirse de él, ningún crédito fiscal. De igual manera, quienes soporten el impuesto no podrán considerarlo como crédito fiscal, debiendo imputar su monto al costo de las bebidas alcohólicas que vendan”, aclara el Seniat.
Una vez entrada en vigencia la presente providencia, solo productores artesanales e imputadores de bebidas alcohólicas serán podrán efectuar la percepción y el cobro del IVA. Esta providencia entra en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial.