Deuda local en moneda extranjera: retos y oportunidades

Luis Gerardo GarcíaLuis Gerardo García.- En los últimos meses ha habido una tendencia creciente a utilizar el dólar estadounidense (o el Euro) como moneda de uso en el comercio interno. Esta realidad, denominada “dolarización”, surge por la necesidad de actores económicos en resguardar su patrimonio y facilitar su actividad comercial. Como referencia, Ecoanalítica ha calculado que 63% de las transacciones en el país se hacen en dólares, y palabras como “Zelle” y “Venmo” han entrado ya a la cotidianidad venezolana.

En este contexto se ha desarrollado un sector económico cuyo crecimiento ha sido mayormente apuntalado por el compromiso de los accionistas de las empresas (o de los mismos emprendedores) en fondear las necesidades en dólares con recursos propios. Por otra parte, hay un gran número de empresas que requiere un flujo de moneda extranjera para honrar sus compromisos (tales como pagos de regalías), financiar su flujo de comercio exterior o hacer inversiones de capital para mantener o incrementar su producción. Ambos grupos se han enfrentado a las limitaciones de financiamiento externo, lo que ha acotado su crecimiento o lo ha vuelto ineficiente desde un punto de vista financiero.

Es por lo anterior que es bienvenida la iniciativa, aprobada en días pasados, que permitirá a las empresas emitir deuda denominada en moneda extranjera en el mercado de valores local. Tal posibilidad viene a llenar un vacío existente al potenciar la actividad económica mediante la apertura de una avenida de financiamiento que reducirá el costo de capital.

Esta avenida, sin embargo, no está ausente de retos que deberá tomar en cuenta la normativa que debe elaborar la Superintendencia Nacional de Valores, ente regulador del mercado. En nuestro criterio, esta normativa debe tocar las siguientes inquietudes:

  • El criterio legal sobre si una acreencia en moneda extranjera se puede pagar con su contravalor en bolívares, a la tasa de cambio oficial, debe ser explícitamente aclarado en la norma; una libre interpretación de este criterio crearía incertidumbre y podría limitar la demanda de instrumentos en moneda extranjera.
  • Las formas de captación y los procesos de colocación deben ser también considerados. Las limitantes del uso de efectivo en la colocación y las restricciones en el uso del sistema bancario extranjero obligan a la banca nacional a reactivar la iniciativa de cuentas bancarias en dólares o a crear mecanismos de transaccionalidad de moneda extranjera, como por ejemplo certificados de custodia de efectivo que sean negociables.
  • Las metodologías de calificación de riesgo deben adaptarse a esta nueva realidad, y hacer más evidentes los riesgos adicionales que conlleva la inversión, en adición al análisis de la capacidad de repago de deuda medida por la generación de flujos de caja.
  • Finalmente, se impone una mayor consideración del marco normativo de legitimación de capitales con un especial enfoque en el origen de fondos, en una economía con una predominancia en el uso de efectivo. Además, debe existir algún mecanismo de supervisión del destino de los recursos captados, para evitar la tentación de desvirtuar este mecanismo de financiamiento.

A pesar de estos retos, celebramos el surgimiento de esta iniciativa que, aunada al éxito de la reciente colocación de acciones de CA Ron Santa Teresa y al creciente número de nuevos emisores de renta fija, debe catalizar el desarrollo de un mercado de valores que sea fuente importante de financiamiento sustentable y que ayude a la reactivación plena de la economía.

 

@VzlanaF

 

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